miércoles, 20 de abril de 2011

Carta entregada al Señor Presidente de la Asamblea Nacional Camarada Fernando Soto Rojas por Sabino Romero y Alexander Fernández



Al pueblo venezolano

A los poderes públicos nacionales

Al Presidente de la República Hugo Rafael Chávez Frías


A través de este comunicado queremos manifestar públicamente cinco situaciones relacionadas con nuestras vidas, con los derechos colectivos de nuestro pueblo Yukpa y la democracia de nuestro país.

1. Somos Yukpa y queremos ser juzgados por ley Yukpa

Desde los primeros días por mandato de Komoko vivimos en la Sierra de Perijá en un equilibrio y una paz que al romperse, la reconstruimos entre todos de acuerdo a las enseñanzas de los ancianos y nuestras autoridades. Siempre ha sido así, y nunca será de otra manera, pese a la destrucción que hoy sufre toda nuestra cultura por culpa de las relaciones con los watía.

Tenemos nuestras costumbres propias y una manera distinta de ser y resolver la vida todos los días. Ahora como pueblo indígena desde 1999, nuestros asuntos propios deben ser respetados por mandato de la Constitución que es el libro para todos, capítulo VIII y artículo 260.

La ley watía no nos sirve, es muy extraña, no la entendemos, pues busca la condena y la cárcel y no reparar el daño y la amistad entre los Yukpa. Los Yukpa que han ido a la cárcel de los watía se vuelven locos y la familia tiene que llevárselos a los meses por todo el sufrimiento y las maldades que allí les hacen. También la familia sufre mucho porque esas cárceles de watía están muy lejos de la Sierra de Perijá.

2. El Gobierno debe ayudar a reconstruir la paz y la armonía en las comunidades y las familias del Yaza

Los tres indígenas llevados al juicio watía (con 17 meses de cárcel), los dos muertos y los 5 heridos son familias entre sí. Desde la ocupación de las haciendas invasoras a nuestro territorio del Yaza y la visita de hacendados, los organismos de seguridad y los encargados de la demarcación del hábitat y las tierras indígenas, comenzaron la división y las acusaciones contra Sabino y sus familiares. Esto originó los hechos violentos el 13 de octubre de 2009.
Tres ministerios se vieron involucrados en estos hechos de criminalización, por lo tanto el Gobierno debe ahora ayudar a pacificar la zona para restablecer la paz entre las familias y nuestras comunidades, más cuando muchos de los caciques de estas comunidades son hoy empleados en algunos de estos ministerios. Estos caciques-empleados deben ser llamados para que con una Comisión Presidencial reconstruyamos el equilibrio y la paz en la Sierra de Perijá. Ellos deberían además ayudar a reparar este daño.

3. Indemnizar por parte del Gobierno a las familias de las víctimas

El Gobierno debe buscar una manera de indemnizar a las familias de las víctimas en aras de buscar la paz y la reconstrucción del equilibrio entre las familias y las comunidades del río Yaza, y por haber mantenido al margen de la ley 10 meses presos a los líderes Yukpa en el Fuerte Macoa del Ministerio del Poder Popular para la Defensa y 7 meses en la Cárcel Nacional de Trujillo, originando así dolor, calamidades y sufrimiento de los tres detenidos y de sus familiares.

4. Demarcación del territorio Yukpa: reconociendo la poligonal auto demarcada y la indemnización a terceros

Desde que se inició en el 2004 el proceso de demarcación de tierra del pueblo Yukpa no ha habido ninguna solución por culpa del Gobierno que se niega al saneamiento del territorio y a reconocernos pagando así las bienhechurías de haciendas y parcelas invasoras en nuestro territorio.

Nuestro territorio es una de las superficies más pequeñas a demarcar para ser entregada en títulos de propiedad colectiva, apenas llega a 240 mil hectáreas. Pero la anterior comisión se negaba al pago de las bienhechurías de las haciendas y parcelas invasoras en nuestro hábitat y tierras. Solicitamos un plan de adquisición de dichos fundos y parcelas que podría durar 5 años para así ponerle fin a una lucha con los ganaderos invasores que se inició en los años 1940 y poder así tener un territorio donde vivamos en paz: el territorio que nos asignó Komoko para vivir con nuestras familias.

El domingo 24 de agosto de 2008 en un Aló Presidente, Chávez nos prometió la demarcación de nuestro territorio y el pago de las bienhechurías de las haciendas. Aún estamos esperando el cumplimiento de su palabra traicionada por la comisión de demarcación presidida por la ministra de ambiente saliente.

5. Derogar todas las concesiones de carbón y otros minerales

Corpozulia tienen en nuestro territorio un proyecto denominado: Tukuko Aricuaizá, para explotar carbón y fosfato. Este proyecto nunca ha iniciado actividades de exploración, porque los Yukpa, conjuntamente con los Barí, no lo permitimos. Exigimos que no se llegue a explotar nunca tan contaminantes minerales en la Sierra de Perijá causantes de los desastres originados por el recalentamiento de la tierra y el cambio climático.

Sabino Romero Izarra
Alexander Fernández Fernández

Propuesta de los dirigentes Yukpa Sabino Romero y Alexander Fernández y sus familiares al vicepresidente Elías Jaua


PROPUESTAS DE LOS DIRIGENTES YUKPA SABINO ROMERO Y ALEXANDER FERNÁNDEZ Y SUS FAMILIARES AL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA BOLÍVARIANA DE VENEZUELA ELÍAS JAUA

Caracas, 15 de abril de 2011

1.-A través de usted le solicitamos al Gobierno Nacional que nos acompañe a la aplicación de la Justicia Indígena Yukpa ya reconocida en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 260 para conocer de nuestro caso y no la justicia ordinaria de los Watía.

2.- Solicitamos que usted asista al Centro Piloto del Tukuko para que nuestra Cacica Mayor Reina Urubichi le dé inicio al juicio Yukpa asumido por nuestras autoridades legítimas que administrarán justicia en nuestro caso.

3.- Le solicitamos que tres Guardia Nacional Bolivariana acompañen a los dirigentes Yukpa Sabino Romero Izarra y Alexander Fernández Fernández a trasladarse al Centro Piloto del Tukuko.

4.- No asistiremos más al Juicio Ordinario en nuestra contra. Nos retiramos conjuntamente con nuestros abogados defensores desde el día martes 5 de abril de 2011 de las audiencias realizadas en la Sala 2 del Circuito Judicial Penal de Trujillo presidida por el señor Juez Antonio Moreno Matheus por ser estas nulas, y por no convalidar con nuestra presencia actos violatorios a la propias leyes que limitan este juicio ordinario impuesto, amañado y llenos de vicios desde sus inicios.

5.- No asistiremos más a audiencias nulas. Por inasistencias continúas de Alexander Fernández a las audiencias desde el martes 29 de marzo, el 1 de abril este juicio quedó interrumpido según el artículo 335 del Código Orgánico Procesal Penal o a partir del viernes 5 de abril según días hábiles señalados en jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia presentada por el señor Juez Moreno Matheus. Estas inasistencias quedaron justificadas según orden médica presentada al Juez 2do. por los fiadores de Alexander el 5 de abril del presente año.

6.- Para remendar estas violaciones el Juez en acuerdo entaparado con los Fiscales del Ministerio Público Américo Rodríguez y Lenín Terán y el abogado ganadero Alfonso Chacín, Consultor Jurídico de la Asociación de Ganaderos de Machiques y desde hace unos meses defensor privado del Cacique Yukpa Olegario Romero Romero ahora proponen dividir la causa, y realizarán de manera arbitraria audiencias proponiendo a nuestros abogados como una salida conciliada darle la libertad a Sabino y a Olegario y condenar al compañero Alexander Fernández en otro juicio aparte quitándole desde ahora la medida cautelar. También amenazan a Sabino Romero de ordenar su captura si no se presente hoy viernes 15 de abrir a esta audiencia nula.

7.- Por ello solicitamos a usted compañero Vicepresidente abrir en las instancias competentes un expediente a estos violadores de las leyes ordinarias en la persona del Juez 2do. Antonio Moreno Matheus y de los señores Fiscales del Ministerio Público abogados Américo Rodríguez y Lenín Terán. Queremos decirle señor Vicepresidente Elías Jaua que esta propuesta formulada por el Juez Moreno Matheus de salvar a Sabino y a Olegario y hundir al hermano Alexander Fernández ya hace 4 meses fue presentada a nuestros abogados por la Asociación de Ganaderos de Machiques (GADEMA) por intermedio de su Consultor Jurídico Alfonso Chacín. Ésta fue rechazada públicamente por tratarse de una propuesta delincuencial. No es posible que ahora sea un señor juez administrador de justicia ordinaria quien la formule como suya. Exigimos la libertad para los tres y la aplicación de la Justicia Consuetudinaria Yukpa.

8.- Dada su investidura, le solicitamos cese el acoso y las amenazas de efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana de Maciques en nuestras comunidades Chaktapa y Kuse.

Sabino Romero Izarra
Alexander Fernández Fernández

sábado, 16 de abril de 2011

Cacique Sabino "Vamos a despertar sin morir" (Video)


Por: Aporrea Tvi

El cacique Sabino Romero, manifestó, estar en desacuerdo con las leyes ordinarias y se acoge a las leyes indígenas.y pide que se le anule, con urgencia, el expediente del estado Trujillo: " Yo estoy siendo juzgado por decir la verdad" "Los ganaderos quieren mi cabeza, Yo digo pura verdad, eso no les gusta a ellos" "Estamos abobiados, vamos a despertar sin morir"

Los Pueblos Indígenas presentes, se solidarizaron con Sabino en su lucha por las tierras y por la violación de sus derechos y manifestaron que la ley debe respetar, valorar y juzgar en un marco de justicia y de respeto a su investidura de Cacique.

Le envían un mensaje sincero al Presidente Chávez que no tiene otro objetivo, el que se le haga justicia y que se oiga la voz de los indígenas desde las bases.

jueves, 14 de abril de 2011

Pronunciamiento del CONIVE, organizaciones indígenas de base y aliados



En el día de hoy 13 de abril del 2011, en la sede del Parlamento Latinoamericano, reunidos en Asamblea Indígena de los pueblos y comunidades indígenas, a través de su organización nacional el Consejo Nacional Indio de Venezuela (CONIVE) y sus organizaciones de base, KUYUJANI, KUYUNU, ORPIA, CIOBA, OIYAPAM, OPIJKA, OMIDA,OCIUSPA, MADOYA HUARIJJA, CAPSI, UCIW,FIEB, OPUHJ, OIPUS, HORONAMI y ASOCAGRU entre otras, conjuntamente con los diputados indígenas del Parlamento Latinoamericano y de la Asamblea Nacional, hemos acordado y convenido de acuerdo a nuestros usos y costumbres y atendiendo a las realidades y necesidades indígenas de Venezuela, lo siguiente:

1.- Exigir la libertad plena y absoluta de Sabino Romero, Alexander Fernández y Olegario Romero, así como la aplicación de la jurisdicción indígena, de acuerdo a los usos y costumbres de los pueblos y comunidades indígenas en Venezuela, tal como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, La Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas respectivamente.

2.- Crear una comisión integrada por la Junta Directiva de CONIVE (Nohely Pocaterra, Gregorio Mirabal, Raúl Tempo) y un miembro de cada organización indígena de base, con el objetivo de entregar este pronunciamiento en las embajadas de Ecuador, Bolivia y Brasil y explicar la situación del juicio de Sabino Romero, Alexander Fernández y Olegario Romero respectivamente, con la finalidad de buscar solidaridad para con nuestros hermanos indígenas. Así mismo, la visita tiene por objeto conocer las experiencias de reconocimientos de territorios indígenas en países hermanos miembros de la ALBA, lo cual para el caso de Venezuela tendría una amplia fundamentación en la legislación indígena existente.

3.- Convocar a una marcha hacia el Ministerio del Poder Popular Para los Pueblos y Comunidades Indígenas, donde uno de sus objetivos sea la entrega de este pronunciamiento.

4.- En ejercicio pleno de nuestros derechos (Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU, Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo), Art. 119 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y Art. 7 de la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas), con la finalidad de revisar y analizar el nuevo Decreto Presidencial Nº 7.855 de fecha 26 de Noviembre de 2010, Publicado en Gaceta Oficial Nº 39.624, que promueve la Reestructuración y Reorganización de la Comisión Nacional de Demarcación de Hábitat y Tierras Indígenas creada mediante Decreto Presidencial Nº 1.392 de fecha 03 de agosto de 2001, acordamos realizar las siguientes consideraciones:

A.- Reconocemos los avances normativos y legales en materia de derechos indígenas que en el marco de este proceso de cambios se han alcanzado, y la voluntad del Ejecutivo Nacional de apoyar las justas reivindicaciones y garantía de los territorios indígenas en Venezuela, expresada en el Acta-Compromiso firmada por el hoy Presidente de la República, Hugo Chávez Frías, en fecha 20 de marzo de 1998, denominada “Un Compromiso para la Historia” en la que se expresa la firme decisión de apoyar las demandas históricas de los pueblos indígenas. De igual manera, estamos conscientes de que este proceso ha permitido avances tan importantes como la aprobación del Convenio Nº 169 de la OIT, la Ley de Demarcación y Garantía del Hábitat y Tierras Indígenas (2001), y el Procedimiento para la Demarcación previsto en la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (2005).

B.- Expresamos preocupación por la falta de consulta previa y participación de los pueblos, comunidades indígenas, y sus organizaciones, en la Aprobación del nuevo Decreto Presidencial que Reestructura y Reorganiza la Comisión Nacional de Demarcación de Hábitat y Tierras Indígenas, de fecha 26 de Noviembre de 2010. La aprobación de este Decreto y su posterior publicación en Gaceta Oficial el 25 de febrero de 2011 (3 meses después de su aprobación), era desconocida por la gran mayoría de los pueblos y organizaciones indígenas de Venezuela, y no fue sometida a un proceso de consulta y participación ciudadana, tal como establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Art. 70) y la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (Art. 11).

C.- Consideramos que la Reestructuración de la Comisión Nacional de Demarcación prevista en el nuevo Decreto, que TRASLADA LA COMPETENCIA EN MATERIA DE DEMARCACIÓN del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente al Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (Artículos 2, 8 y 9) CARECE DE BASE LEGAL, ya que el artículo 4 de la Ley de Demarcación de Hábitat y Tierras Indígenas (Instrumento de mayor jerarquía normativa y ley especial en la materia) establece que “El proceso de demarcación del hábitat y tierras de los pueblos y comunidades indígenas será realizado por el EJECUTIVO NACIONAL POR ÓRGANO DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES, conjuntamente con los pueblos, comunidades y organizaciones indígenas legalmente constituidas.” Además, llama la atención que de las 25 competencias que tiene el Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas, previstas en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, ninguna establece competencia directa en materia de rectoría del proceso nacional de demarcación, y tampoco está prevista en la ley especial que regula la materia del año 2001, lo que contradice el principio de competencia establecido en el artículo 26 la ley orgánica citada.

D.- Observamos que en el nuevo Decreto, la fundamentación (considerandos) omite la importancia del objetivo fundamental de demarcar y garantizar los hábitat y tierras indígenas como proceso integral. De igual manera, consideramos que el nuevo instrumento jurídico no hace referencia directa a que el proceso nacional de demarcación se debe realizar conforme a las disposiciones del PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA LEY ORGÁNICA DE PUEBLOS INDÍGENAS (Artículo 33 y siguientes). El nuevo decreto establece normas que pueden entrar en conflicto con el procedimiento legalmente establecido (nuevas atribuciones, nuevas mayorías, dispersión de órganos rectores y nuevas instancias técnicas, y administrativas) que pueden crear serias dificultades para que el proceso avance. Por ejemplo, instancias de asesoría jurídica permanente y secretaría técnica que no están previstas en el procedimiento de la ley orgánica y que entrabarían el proceso y los informes que deben sustanciar la comisiones regionales.

E.- De la lectura de varias disposiciones apreciamos que el nuevo Decreto limita la participación directa de los pueblos y organizaciones indígenas, por ejemplo el artículo 8, que al establecer la Secretaría Ejecutiva omite la participación de la representación indígena como estaba prevista en el anterior Decreto. De igual forma, en la Comisión Nacional SE HACE UN CAMBIO DE LA FIGURA DE DE REPRESENTANTES INDÍGENAS CON PLENOS DERECHOS A SIMPLES VOCEROS. Esto constituye una restricción evidente de los derechos indígenas ya adquiridos en el ámbito de la Comisión. También observamos que se ha cambiado la forma de tomar las decisiones y el quórum de la Comisión Nacional, pasando de una mayoría calificada a una mayoría absoluta en sus decisiones y el quorum. Estas normas van a obstaculizar más el proceso de demarcación y lo va a volver prácticamente inoperante.

F.- Valoramos notablemente la creación del Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas en el año 2007, pero lamentamos que la titular de ese cargo no haya logrado en estos años construir los consensos necesarios y la participación para materializar la implementación de los derechos indígenas reconocidos en la Constitución y demás leyes (DEMARCACIÓN). Nos preocupa que la Ministra para los Pueblos Indígenas, Nicia Maldonado, se haya dedicado estos años a promover la DIVISIÓN, el ENFRENTAMIENTO y la DESLEGITIMACIÓN DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y SUS ORGANIZACIONES (desconocimiento de autoridades legítimas), complicando el proceso de demarcación en varias regiones del país con su actitud divisionista y ajena a las principales reivindicaciones indígenas. En este contexto, pareciera contraproducente que el proceso nacional de demarcación sea conducido por este despacho.

G.- Finalmente solicitamos al Ejecutivo Nacional que partiendo de las consideraciones realizadas y de las que formulen otras organizaciones indígenas del país, realice UNA REVISIÓN DEL NUEVO DECRETO Y SUSPENDA SUS EFECTOS, HASTA QUE SE LOGREN LOS CONSENSOS EN TORNO A LA NECESIDAD DE REACTIVAR Y REESTRUCTURAR la Comisión Nacional de Demarcación conforme al principio constitucional de demarcación participativa.

5.- Convocar a un gran Encuentro Nacional con el apoyo de los diputados indígenas miembros de la Comisión de Pueblos Indígenas de la Asamblea Nacional y del Parlamento Latinoamericano, así como de una Comisión Técnica compuesta entre nosotros los pueblos, comunidades y organizaciones indígenas y aliados amigos con la finalidad de construir una Agenda Nacional para la Demarcación donde se inventaríen los avances del proceso de demarcación y se genere un plan de trabajo.

6.- En este sentido, el CONIVE junto a las organizaciones indígenas de base hará la convocatoria en tiempo perentorio a este Encuentro Nacional en Caracas, con el objeto de proponer una metodología de trabajo sobre la demarcación.

7.- Este Encuentro Nacional que podría derivar en una Asamblea Nacional de la Demarcación, tendría como tema de discusión tentativa lo que sigue:

a.- Estado del proceso de demarcación.
b.- Inventario de la Autodemarcación.
c.- Plan de Trabajo (fondos, decreto, otros)
d.- Creación de una comisión de agitación y movilización por los derechos indígenas.

Leído el presente pronunciamiento, así lo acordamos y firmamos los presentes en esta reunión.

martes, 12 de abril de 2011

Cacique Sabino y Alexander: “nos declaramos en desobediencia contra la justicia ordinaria”


Yo, Sabino Romero Izarra, Cacique Yukpa de la comunidad de Chaktapa y Alexander Fernández Fernández: “Desde hoy martes, 12 de abril de 2011, nos declaramos en desobediencia contra la justicia ordinaria”

1. Expresamos públicamente nuestra decisión de no volver a la Cárcel Nacional de Trujillo donde nos trasladaron por orden del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y al simulado juicio que se ejecuta contra nosotros en el Circuito Judicial Penal de Trujillo por considerar que de esta manera estamos aceptando la violación de nuestros propios derechos y la de todos los pueblos indígenas de Venezuela y del mundo.

2. Nosotros somos indígenas y como tales debemos ser juzgados por nuestras propias leyes, por el Derecho Consuetudinario Yukpa como siempre lo hemos hecho sin pedirle permiso a nadie. Sólo que por intereses económicos, políticos y militares de Estado y de pudientes ganaderos organizados en la Asociación de Ganaderos de Machiques (GADEMA), invasores de nuestro territorio, hoy se nos han impuesto arbitrariamente todas las violaciones posibles, negándose con esto la propia Constitución, la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (LOPCI), el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y Convenios firmados con la OEA.

Nos dividieron e inculcaron odios entre las familias

3. El enfrentamiento entre nuestras familias se debió a la división y el odio inculcados a un sector de nuestras familias por parte del Presidente de GADEMA y su Consultor Jurídico Alfonso Chacín hoy presente en el juicio por ser desde hace unos meses el abogado privado de uno de nuestros hermanos presos y por la injerencia directa de altos personeros del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, de Pueblos Indígenas y del Ambiente en el marco del proceso de demarcación de nuestro territorio (2004-2011) y el pago de las bienhechurías de las haciendas solicitado por el Propio Presidente de la República Hugo Chávez Frías, el domingo 24 de agosto de 2009 en un Aló Presidente.
Se montó un juicio simulado para condenarnos

4. Ocurrido el enfrentamiento para frenar de esta manera el proceso de recuperación de nuestras tierras del río Yaza ocupadas a sangre y fuego por hacendados invasores, entre ellos Los Vargas y Chacín (1940-1958), el CICPC por orden ministerial monta un interrogatorio parcializado en un 99% con testigos referenciales de una sola familia en conflicto ­–la familia de Olegario Romero que defiende hoy el ganadero Chacín­­–. Mientras se montan las acusaciones en contra nuestra para levantarnos un juicio, el CICPC me tortura (Alexander) para que a través del terror culpara a Sabino de las muertes, incluida la de su yerno Ever, esposo de una de sus hijas, Guillermina. Por mi rechazo a aceptar este chantaje, yo, Alexander, quedo detenido y acusado de matar a mi esposa, Nireya, que en ese momento se encontraba embarazada, y a Ever, yerno de Sabino.

5. Sobre estas mentiras montadas se estructura por parte de 7 Fiscales del Ministerio Público un mamotreto de 90 páginas llamado Expediente Nº TP01-2010-002649 contra nosotros, donde colocan a Alexander Fernández Fernández como el que disparó contra Nireya y a Sabino Romero Izarra como el que dio la orden de matarla. A Olegario Romero Romero lo acusan de haber disparado, pero como el que disparó una sola vez al aire para salvar de una lluvia de balas (tipo Vietnam como él mismo informó al CICPC) a las familias de su comunidad Guamo Pamocha.

6. Resultando que el Fiscal coordinador Víctor Raúl Valbuena semanas antes venía siendo denunciado por nosotros y la Sociedad Homo et Natura por haber engavetado el expediente contra un miembro de la familia Vargas acusado de haberle ocasionado la muerte a mi padre (Sabino), José Manuel Romero, un anciano de 90 años, en una incursión en nuestra comunidad Chaktapa acompañado de sicarios para asesinarme (Sabino) presuntamente por haberme robado 5 vacas lecheras de la hacienda vecina Kusare, donde hoy es cacique Olegario Romero Romero. Hacienda esta negociada hoy con los Vargas y GADEMA por la familia de Olegario a cambio del servicio que le presta Alfonso Chacín como su abogado privado.

7. El único testigo presencial de la muerte de Nireya Romero, esposa de Alexander, sobrina de Olegario y de Sabino es un menor de edad llamado Eddy, quien al otro día de los sucesos el 14 de octubre de 2009 declara en la sede del CICPC Machiques que Alexander mató primero a Ever y luego a Nireya, pero un año después en el juicio oral realizado en Trujillo afirma que Alexander hirió a Nireya por orden de Sabino, y que Ever salió caminando con Sabino a la comunidad Chaktapa. Este montaje no es un caso aislado, todo lo contrario, forma parte de los testigos preparados por el abogado Chacín; obstaculizando la intervención y objeciones formuladas por nuestros abogados defensores por parte de los fiscales y el juez Antonio Moreno Matheus. El abogado hacendado Chacín se transformó en acusador.

8. El Ministerio Público me acusa, de homicidio calificado en GRADO DE DETERMINADOR, es decir por haber ordenado a Alexander disparar contra su esposa, y esto lo hace a partir de testigos referenciales familiares de Nireya, sobrina de Olegario. El único testigo presencial (Eddy) nada dijo al respecto en el interrogatorio realizada por el CICPC el 14 de octubre de 2009, este hecho de acusarme apareció en el año 2010. Los Fiscales me acusaron a partir de testimonios falsos de testigos referenciales.

9. La descripción de los hechos presentado por la Fiscalía para nada concuerda con la Planimetría levantada por el CICPC, las informaciones dadas en los interrogatorios realizados por el CICPC en octubre de 2009 no concuerdan con las emitidas por los testigos de la familia de Olegario en el 2010. Estas acusaciones de la familia de Olegario contra nosotros comienzan sólo cuando el abogado de GADEMA pasa a ser el abogado de Olegario. Antes de comenzar el juicio, las tres familias permanecíamos unidas, juntos decíamos que este juicio ordinario no lo aceptaríamos, juntos fuimos en julio de 2010 a la toma del TSJ por 10 días para que se pronunciara para comprobar si en nuestro país se respetaba o no la justicia indígena.

10. La estrategia del abogado de GADEMA era dividir las familias del Yaza involucradas en este hecho violento y sacar a Olegario acusándonos a nosotros.

Fuimos encerrados en un Fuerte del Ejército
y en la Cárcel Nacional de Trujillo

11. La jurisdicción indígena defendida por nosotros y por nuestros abogados defensores fue violada en el Juzgado de Control de la Villa del Rosario, en el Circuito Judicial Penal de Trujillo, en la Sala Constitucional del TSJ, pero no en el Juzgado Quinto de Maracaibo, donde la Jueza Erika Carroz declinó su competencia y propuso buscar otro lugar de reclusión en la Sierra de Perijá distinto al del Fuerte Macoa. De inmediato la Sala Penal del TSJ por orden de una mano peluda de la Fiscalía o del Ministerio del Poder Popular de Relaciones Interiores y Justicia le quita el caso y nos traslada a la cárcel de Trujillo y al Circuito Judicial Penal de Trujillo.

12. Diez meses permanecimos en el Fuerte Macoa de Machiques y 7 en la Cárcel Nacional de Trujillo. En Macoa nuestras mujeres eran desnudadas por orden de inescrupulosos solados encargados de la visitas, mi hija Guillermina, viuda de Ever no fue más a verme, porque en una oportunidad un solado quiso violarla. Estas violaciones fueron denunciadas en la ciudad de Maracaibo ante la Fiscalía 23 encargada de la Mujer y la Familia, en la Defensoría del Pueblo de Maracaibo y Caracas y en los medios de comunicación. Y a hora en el CIDH de la OEA.

13. En el Fuerte Macoa por orden del General Izquierdo Torres no podíamos salir del cuarto, el agua estaba sucia y la comida muchas veces tenía mal olor y residuos de servilletas, huesos y palillos, lo que originaba que nos mantuviésemos enfermos del estómago. Una vez a la semana desde el pasillo nos decían en alta voz que nos iban a matar, que nos íbamos a pudrir en la cárcel por asesinos y ladrones de ganados. El 31 de Diciembre nos iban aplicar Ley de Fuga un soldado a media noche nos dijo que nos podíamos escapar.

14. En la cárcel nos ubicaron en el pabellón de los evangélicos que al no lograr nuestra participación activa en sus cultos, nos discriminaban y nos castigaban, me sentaban, en una silla toda la noche en el baño cerca de la letrina sin permitirme dormir.

15. Vimos cosas horribles, en más de una oportunidad trataron de apuñalearnos. Ya para el mes de marzo era insoportable nuestra permanencia en el pabellón nuevo donde nos trasladaron. Ya estaba amenazado de muerte.

16. Fueron las marchas en la ciudad de Trujillo y los plantones frente a la cárcel por los grupos sociales, las constantes denuncias de nuestros abogados y las visitas tres veces a la semana por Francisco Prada, su esposa Laura y su hijo Patricio y de nuestras familia lo que no permitían que nos asesinaran. Los internos nos consideraban sapos porque todo se lo contábamos a nuestros familiares y compañeros de los grupos sociales de Trujillo, Caracas, Mérida y Maracaibo que todas las semanas asistían a las simuladas audiencias.

17. Por violar nuestros derechos al mantenernos encerrados en recintos militares y en cárceles, nosotros exigimos la indemnización nuestra y de nuestros familiares, por habernos generado tanto dolor. Nuestra familia con nuestras mujeres y niños vivían en la calle por no tener recursos para viajar todas las semanas de la Sierra a la ciudad de Trujillo.

Un juicio amañado para condenarnos

18. Nunca se buscó la verdad, sólo condenarnos para complacer a los ministros El Aissami y Maldonado y a los ganaderos. El Juez Moreno Matheus, los acusadores fiscales Américo Rodríguez, Lenín Terán y el abogado de GADEMA Alfonso Chacín, amañaron el juicio, cercenando permanentemente los planteamientos y las observaciones de nuestros abogados defensores, preparando a los testigos para mentir en sus declaraciones orales, los expertos del CICPC lo denunciamos como torturadores de Alexander, asumiendo como verdad el ATD cuando es cosa común y del conocimiento público que nosotros los Yukpa somos cazadores y todas las semanas salimos a cazar con escopetas para comer, por eso consiguieron residuos de pólvora en nuestros cuerpos.

19. El día viernes 1 de abril se cumplieron 10 días continuos sin haberse podido concretar una audiencia, que según el artículo 335 del Código Orgánico Procesal Penal, obliga a la interrupción del juicio para que comience de nuevo, ya que uno de nosotros, (Alexander), se enfermó de Bronquitis Aguda asmática. Desde el día martes, Alexander no pudo asistir a las siguientes audiencias: 29 de marzo, viernes 1 y martes 5 de abril. Según jurisprudencia del TSJ, el día martes 5 de abril se cumplieron los 10 días hábiles para quedar interrumpido el juicio.

20. En ausencia de Alexander el Juez, por presión de fiscales y del ganadero Chacín, pretendió el día martes 5 de abril realizar la audiencia. Los abogados defensores abandonaron la sala y el abogado o Defensor Público, convocado ese mismo día por el Juez desesperadamente, no se pudo juramentar y asumir la defensa de Sabino como se esperaba, ante el rechazo formulado por nosotros. Si yo estaba, Sabino, indefenso, ¿cómo es que el Juez Moreno Matheus celebró la audiencia? Queda demostrado que se trató de una nueva trampa para condenarnos. Legalmente, esta audiencia debía quedar nula, por lo tanto, ya agotados por todos los abusos, mentiras y trampas cometidas en este proceso desde su inicio hasta el día de hoy, hemos decidido no ir más a este juicio que además de estar completamente amañado, violándose leyes fundamentales, lo que busca es condenarnos a como dé lugar. Nosotros los indígenas, no entendemos esta manera tan sucia de hacer justicia, exigimos que se respete nuestra Justicia Yukpa.

Estos son cada uno de los delitos para condenar a Sabino

21. Los tres delitos de los que me acusan no pueden sostenerse, en el mismo expediente está la mentira:
El primer delito es el de “homicidio intencional en grado de determinador” en contra de Nireya Romero, mi sobrina (cosa que nunca dijeron los fiscales que me acusan), para el momento en el que se introduce la acusación el día 04 de diciembre de 2009, ningún testigo me acusaba de haber dado esa orden a Alexander, eso salió de la imaginación de los fiscales, y con esto se pretendió llevarme a la cárcel.
El segundo delito es el de “Homicidio frustrado con complicidad correspectiva” eso es que como nadie se declara culpable, todos lo somos. Claro que nadie se va a declarar culpable porque quien disparó fue mi yerno Ever, que murió. Los fiscales y el CICPC no pueden saber quién disparó, ni con que arma, ni desde donde se hizo, es tan descarado lo que han hecho que ahora que estoy en la calle y me enseñan la planimetría del sitio y cadáver me entero que donde ellos dicen que murió Ever me senté yo herido, eso quiere decir que esa sangre es mía y no de Ever. El estudio que hizo el CICPC no puede decir además de quién es cada una de las evidencias recogidas. Montaron la versión de los hechos como mejor les convenía. Con los análisis que están en el expediente, no hay forma de saber quién hirió a quién, pero eso no importa para este juicio, ya que igual me culparon y encerraron.
El tercer delito es el de “agavillamiento”, eso es que nos pusimos de acuerdo varias personas para cometer el delito en Guamopamocha. Lo primero en este punto es que yo no fui con mi gente a cometer un delito, fui a resolver un problema como lo hacemos los Yukpa: hablando. Como cacique tenía que ir acompañado, no podía ir solo, y conmigo, entre otros, iba Cristóbal, un muchacho que habían golpeado. Pero para la Ley watía, andar en grupo es un delito, eso es como si condenaran a los hermanos indígenas de Bolivia por mascar hojas de coca. Parece que nuestros jueces no saben leer la Constitución cuando dicen que somos una nación multiétnica y pluricultural. Por ser Yukpa, por desplazarnos colectivamente para la resolución de conflictos, me quieren encerrar.

22. Me quieren encerrar por tres delitos: dos no pueden probarse y uno niega mi condición de indígena, niega mi cultura. Como si fuera poco, el abogado ganadero que no ha hecho otra cosa desde que llegó a Machiques que odiarnos, propone dividir la causa porque le conviene culminar el juicio, y el Juez lo acepta violando el debido proceso. Sería una falta de respeto con el pueblo Yukpa y con todos los pueblos indígenas del mundo, si yo permito que este juicio me encierre y con esto se silencie la lucha por el territorio Yukpa. Nosotros tenemos nuestra Ley, y la constitución lo reconoce. El camino justo es como se dice en nuestra Constitución, sobre el respeto por los derechos de los indígenas y la aplicación de la jurisdicción indígena. El otro, es la desobediencia en la que hoy nos declaramos, ante un sistema judicial que niega los derechos de los pueblos indígenas.

Petición

23. Solicitamos al presidente Chávez que se pronuncie al respecto. Tenemos ya suficientes razones para no poder confiar en la imparcialidad de este juicio watía. Le exigimos al Estado la aplicación de nuestro derecho Yukpa. Exigimos respeto a nuestras costumbres y a nuestros derechos amparados hoy por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Sabino Romero Izarra
Alexander Fernández Fernández